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ESTUDIO JURÍDICO

Tu título no puede esperar indefinidamente

¿Pediste tu título y ya pasaron 120 días sin recibirlo?

Tu desarrollo profesional no puede quedar frenado por una espera indefinida. La ley establece hasta 120 días corridos desde el inicio de la solicitud, con los requisitos correspondientes cumplidos. Si ese plazo venció, podemos evaluar el reclamo y el amparo por mora para exigir una respuesta.

Consultar por este servicio

UN PROCESO CLARO

01

Contexto

Contanos qué título solicitaste y cuándo.

02

Estrategia

Revisamos las constancias y los requisitos cumplidos.

03

Acción

Te explicamos la estrategia y las condiciones del servicio.

Antes de
dar el paso.

¿La ley establece un plazo?

El artículo 40 de la Ley de Educación Superior establece un plazo de hasta 120 días corridos desde el inicio de la solicitud para la expedición, dentro de las condiciones que fija la norma. Hay que comprobar el cumplimiento de los requisitos y qué etapa se encuentra demorada.

¿Se garantiza que obtendré el título en una fecha determinada?

No. El objetivo de la intervención es exigir una actuación o decisión conforme a derecho. La procedencia, competencia, plazos y alcance de la orden dependen del caso.

¿Qué documentación conviene conservar?

La constancia de solicitud, número de expediente, antecedentes de requisitos cumplidos, capturas del estado y las comunicaciones con la universidad. Los documentos de identidad se pedirán por un canal acordado si resultan necesarios.

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